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jueves, 27 de septiembre de 2012

MODELO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA 2021

Contrato de arrendamiento de vehículos y vivienda


En ______ (ciudad), a __________________ (fecha) 
REUNIDOS 
De una parte, _________________________________ (nombre y apellidos) 
Y de la otra, __________________________________ (nombre y apellidos) 
INTERVIENEN 
Cada uno en su propio nombre y derecho,  y se reconocen mutuamente capacidad 
suficiente para el otorgamiento del presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. 
EXPONEN 
I)- Don _____________________, con D.N.I. número ____________ , denominado en 
lo sucesivo y a efectos del contrato  de arrendamiento ARRENDADOR, que es 
propietario de pleno dominio de la vivienda sita en __________ (dirección vivienda 
objeto del contrato). 
II)- Don _____________________, con D.N.I. número _____________, denominado 
en lo sucesivo y a efectos del presente contrato ARRENDATARIO, que está interesado 
en alquilar la mencionada finca, para lo cual, ambos acuerdan formalizar el contrato que 
se articula en las siguientes cláusulas: 
CLAUSULAS 
PRIMERA.- El presente contrato se otorga confome a lo establecido en la ley 29/1994, 
de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos y se regirá por lo dispuesto en la 
misma, y por lo pactado en este documento. 
SEGUNDA.- El piso objeto del presente contrato es la vivienda sita en 
_____________, y que se destinará para uso exclusivo de vivienda del arrendatario y de 
su familia, con exclusión de todo otro uso, y no podrá por consiguiente, cederlo, 
realquilarlo o subarrendarlo, en todo ni en parte, ni alojar en él a huéspedes sin permiso 
escrito del propietario. TERCERA.- El contrato comenzará a regir a partir del día __________, concertándose 
el arrendamiento por el plazo de UN AÑO. 
Concluido el período contractual pactado, el contrato se prorrogará  por la tácita, por 
períodos de un año, mientras una de las partes no notifique a la otra, en el plazo de 15 
días antes de la fecha de vencimiento del contrato o de alguna de sus eventuales 
prórrogas, su deseo de darlo por terminado. 
En cualquier caso, si el arrendatario quisiera desistir del cumplimiento total del contrato, 
deberá de indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a 1 mensualidad de la 
renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo 
inferior a un año, darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. 
CUARTA.- La renta inicial se establece en la cantidad de ____________ mensuales, 
debiendo de satisfacerse por el arrendatario dentro de los __ (indicar número) primeros 
días de cada mes. 
El importe de la renta deberá pagarse en el domicilio del arrendador o en la Cuenta 
Corriente núm. _______________ (indicar los 20 dígitos de la cuenta). 
Las partes contratantes convienen que el importe total de la renta que en cada momento 
satisfaga el arrendatario durante la vigencia del contrato y en sus posibles prórrogas, se 
acomodará cada año a las variaciones que, en más o menos, sufra el Indice General de 
Precios al Consumo que fije el Instituto Nacional de Estadística ( u organismo que le 
sustituya en el futuro), aplicando sobre aquella renta el porcentaje que represente la 
diferencia existente entre los índices que correspondan al período de revisión, teniendo 
en cuenta que el mes de referencia para la primera actualización será el último índice 
que esté publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que 
corresponda al último publicado. 
Las revisiones tendrán carácter acumulativo, de forma que la primera revisión se 
efectuará tomando como base la primera renta inicialmente convenida y, para las 
sucesivas, la renta revalorizada (renta  + incrementos), como consecuencia de 
actualizaciones precedentes. 
En ningún caso la demora, retraso o tardanza en la aplicación de dicha acomodación 
implicará pérdida, renuncia o abdicación  del derecho del arrendador a practicar la 
misma. 
Así, las partes convienen que tendrá plena eficacia vinculante  la notificación que 
practique el arrendador o su administrador  por nota en el recibo de la mensualidad 
precedente a aquel en que la revalorización de renta haya de surtir efecto. 
QUINTA.- El arrendatario, quién previamente ha procedido al examen exhaustivo del 
piso y sus accesorios, declara recibir todo lo que es objeto del arriendo en perfecto 
estado para el uso a que se destina, y en igual estado ha de devolverlo una vez finalizado 
el contrato, siendo de cuenta de él mismo todas las reparaciones que hayan de realizarse 
por daños causados por él, o personas que del mismo dependan, en el edificio o 
vivienda como consecuencia de mal uso, omisión o negligencia. Serán así mismo por 
cuenta del arrendatario las reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la 
vivienda. 
Los servicios de gas, electricidad, teléfono y cualesquiera otros que pudieran ser 
susceptibles de individualización mediante contadores serán también por cuenta del 
arrendatario, que deberá contratarlos por su cuenta con las empresas suministradoras. SEXTA.- Los gastos de comunidad, y todos los  que se refieran a la propiedad de la 
vivienda como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, serán por cuenta del arrendador. 
El arrendatario deberá respetar y cumplir en todo momento las normas por las que se 
rige la comunidad de propietarios de la que forma parte el piso arrendado. 
El arrendatario se obliga a permitir el acceso al piso al propietario y a las personas y/o 
profesionales designados por el mismo para la inspección y comprobación del estado de 
la vivienda y sus elementos, así como para la realización de cualquier tipo de obra o 
reparación que pudiera ser necesario llevar a cabo tanto en la vivienda arrendada como 
en el edificio del que forma parte. 
SÉPTIMA.- Salvo que el arrendador lo autorice previamente y por escrito, queda 
prohibida la realización de obras y la modificación de las instalaciones; tener en el piso 
materiales peligrosos y/o antihigiénicos o que puedan perturbar la normal convivencia 
entre vecinos; el subarriendo o la cesión de la vivienda; la colocación de cualquiera 
elementos que modifiquen la uniformidad o la estética del edificio y dar a la vivienda 
cualquier otro uso que no sea el de servir como vivienda habitual al arrendatario. 
El arrendatario será el único responsable de cuantos daños,  tanto físicos como 
materiales puedan ocasionarse a terceros, como consecuencia, directa y indirecta de su 
habitabilidad en la vivienda, eximiendo de toda responsabilidad al propietario, incluso 
por daños derivados de instalaciones para servicios o suministros. 
OCTAVA.-  Por el arrendatario se constituye  en este acto FIANZA por importe de 
__________ que equivale a 1 mensualidad de renta, que responderá del pago del 
alquiler, de los perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales y de los 
daños originados en el inmueble.
Durante el primer año de duración del  contrato, la fianza no estará sujeta a 
actualización, pero transcurrido dicho plazo, se actualizará en la cuantía que 
corresponda hasta que aquella sea igual a una mensualidad de la renta vigente en cada 
momento. 
NOVENA.-  El arrendatario hace expresa y formal renuncia a todos los beneficios y 
derechos especiales que le concede la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, y que 
teniendo el carácter de renunciables, no se le reconozcan expresamente en el presente
contrato. 
DÉCIMA.- Las partes convienen que de producirse el fallecimiento del arrendatario 
una vez transcurridos dos años más tres años de prórroga, no será de aplicación el 
régimen de subrogación mortis causa que regula el Art. 16 de la Ley de Arrendamientos 
Urbanos. De producirse dicha defunción en el plazo citado, el arrendamiento se 
extinguirá al cumplirse dicho plazo sea quien fuera el que hubiera sucedido al 
arrendatario en el arrendamiento. 
A efectos del Art.14 de la vigente ley de Arrendamientos Urbanos y a cuantos otros 
pudieran resultar pertinentes, las partes convienen que la enajenación de la vivienda 
extinguirá el arrendamiento. 
 Fdo.: EL ARRENDADOR                                         Fdo.: EL ARRENDATARIO 

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